fecha de respuesta: 26.11.2024
Efectivamente, la ley determina que si la invención se ha realizado en el ejercicio de funciones laborales de investigación, los derechos de patente suelen corresponder a la empresa, salvo pacto en contrario. Los empleados deben figurar como inventores, reconociendo su autoría. Pero la titularidad recae en la empresa, que es quien puede explotar la patente y firmar como solicitante. Conviene contemplarlo en los contratos de trabajo, estableciendo la cesión de derechos de invención. El inventor conserva derechos morales, pero el uso comercial y la patente en sí pertenecen a la entidad.