Quiero modificar el convenio regulador por un cambio de ciudad - Abogados24-es.com

Quiero modificar el convenio regulador por un cambio de ciudad

1 respuesta

Respuesta a la pregunta

0
0
0

09.07.2026

Me divorcié hace tres años en Sevilla y en el convenio regulador se acordó un régimen de visitas cada quince días para el padre de mis hijos. Ahora mi empresa me traslada a otra ciudad a unos 400 kilómetros por motivos laborales y no sé si puedo cambiar unilateralmente el reparto de tiempos con los niños, ni si el otro progenitor puede oponerse o pedir que me quede. Los niños tienen ocho y once años y están escolarizados aquí. Quisiera saber qué pasos legales debo seguir antes de mudarme para no incumplir lo pactado.

Respuesta a la pregunta 11.07.2026
fecha de respuesta: 11.07.2026

Un traslado laboral de esta magnitud constituye, en principio, una alteración sustancial de circunstancias que permite solicitar la modificación de las medidas acordadas en el convenio regulador, conforme al artículo 90.3 del Código Civil y al procedimiento del artículo 775 de la Ley de Enjuiciamiento Civil. Sin embargo, no puede usted modificar unilateralmente lo pactado ni trasladar a los menores sin más; primero debe intentar un acuerdo con el otro progenitor y, si no se logra, presentar una demanda de modificación de medidas ante el juzgado que dictó el divorcio o el que corresponda al domicilio de los hijos. El juez valorará el interés superior del menor por encima de cualquier otra circunstancia, ponderando factores como la estabilidad escolar y social de los niños, la posibilidad de mantener contacto frecuente con el progenitor no custodio mediante videollamadas o estancias más largas en vacaciones, y las razones objetivas del traslado. Es recomendable acreditar documentalmente la necesidad laboral del cambio, por ejemplo con una carta de la empresa, y proponer un nuevo régimen de visitas adaptado a la distancia, como fines de semana alternos con desplazamientos compensados o periodos vacacionales ampliados. Actuar de forma unilateral, sin resolución judicial ni acuerdo, podría considerarse un incumplimiento del convenio regulador vigente y dar lugar a que el otro progenitor solicite medidas de ejecución o incluso alegue sustracción de facto en casos extremos. Mi consejo es iniciar cuanto antes la vía de mutuo acuerdo o, en su defecto, presentar la demanda de modificación antes de proceder al traslado efectivo de los menores.

Preguntas similares

¿Puedo reclamar alimentos a mis hermanos si mis padres no pueden pagarlos?

1 respuesta
09.06.2026
Mis padres, ya bastante mayores y con escasos recursos económicos en Ourense, no pueden hacerse cargo actualmente de todos mis gastos de manutención, ya que aunque soy mayor de edad, todavía estoy terminando mis estudios universitarios y no tengo ingresos propios suficientes. Tengo dos hermanos mayores con buena situación económica y me gustaría saber si legalmente podría reclamarles a ellos una contribución económica para mis estudios, dado que mis padres no pueden asumir por sí solos toda la carga.
Leer más
0
0
0

¿Puedo desheredar a un hijo con discapacidad que me maltrata?

1 respuesta
28.06.2026
Tengo un hijo con una discapacidad intelectual moderada en Almería que, debido a episodios relacionados con su condición, en ocasiones ha tenido comportamientos agresivos hacia mí, incluyendo algún golpe que me ha causado lesiones leves. Aun así, me siento muy dividido porque sé que su comportamiento está muy vinculado a su discapacidad y no a una maldad consciente por su parte. Quiero saber si legalmente podría desheredarlo pese a su condición, o si existen límites especiales que protejan a los hijos con discapacidad en materia de desheredación y legítima.
Leer más
0
0
0

¿A qué edad se tiene en cuenta la opinión de mi hijo en la custodia?

1 respuesta
05.06.2026
Estoy en pleno proceso de separación contenciosa en Salamanca y mi hijo de doce años ha expresado claramente que prefiere vivir principalmente conmigo, aunque su padre insiste en pedir la custodia compartida. No sé si legalmente el juzgado tiene en cuenta la opinión de mi hijo a esta edad, ni cómo se realiza esa escucha del menor dentro del procedimiento judicial, ni si su preferencia sería determinante para la decisión final sobre la custodia.
Leer más
0
0
0

Mi bebé tiene solo tres meses, ¿cómo se organiza el régimen de visitas?

1 respuesta
31.05.2026
Me estoy separando del padre de mi bebé de tres meses en Valladolid, y todavía estoy dándole el pecho de forma exclusiva. El padre quiere establecer desde ya un régimen de visitas con pernoctas incluidas, similar al que tendría con un hijo mayor, pero me preocupa mucho la lactancia y el hecho de separar tanto tiempo al bebé de mí a una edad tan temprana. Me gustaría saber cómo suelen tratarse estos casos con bebés tan pequeños y si existe algún criterio especial que proteja esta etapa tan delicada.
Leer más
0
0
0
Mostrar todo