fecha de respuesta: 21.11.2024
Sí, 'pacta sunt servanda' significa que los contratos deben cumplirse. Si el Estado firma un contrato o asume obligaciones en un tratado, no puede escudarse en su derecho interno para incumplir. El Derecho Internacional y los laudos arbitrales exigen que el Estado respete los compromisos adquiridos, salvo en casos de fuerza mayor o de circunstancias extraordinarias (estado de necesidad según el Derecho consuetudinario). Un cambio legislativo interno no justifica unilateralmente ignorar lo pactado con el inversor. De lo contrario, surgiría responsabilidad internacional y obligación de indemnizar. Por ello, la 'estabilidad contractual' se protege especialmente en arbitrajes de inversión.