fecha de respuesta: 11.11.2024
Según la normativa española (Ley General de Publicidad, LSSI) y las guías de la CNMC y Autocontrol, se recomienda etiquetar claramente las publicaciones patrocinadas. Debe figurar “Publicidad”, “Patrocinado” o “Colaboración pagada” para que el usuario reconozca de inmediato su naturaleza publicitaria. Si se oculta, se considera publicidad encubierta, sancionable. Las plataformas también tienen políticas internas que exigen usar herramientas de etiquetado. Omisión de ese rótulo induce a error, pudiendo conllevar multas y reclamaciones por parte de competidores o consumidores.