fecha de respuesta: 04.12.2024
En la compraventa de vivienda sobre plano, se aplican la Ley de Ordenación de la Edificación y la Ley de Consumidores. La promotora debe otorgar avales o seguro para garantizar las cantidades entregadas a cuenta, de modo que si no se construye o no se entrega, el comprador pueda recuperar su dinero. El contrato debe indicar fecha aproximada de terminación y las calidades. Cualquier modificación sustancial debe comunicarse y contar con aceptación del comprador. Si la vivienda no se finaliza a tiempo o difiere en calidades, el comprador puede exigir el cumplimiento o resolver el contrato con devolución de lo pagado e indemnización según el caso. Además, la promotora responde de defectos constructivos según los plazos de la LOE.