fecha de respuesta: 26.10.2024
El certificado final de obra lo firma el director de la misma y el director de ejecución (aparejador/arquitecto técnico), confirmando que la construcción se ha realizado conforme al proyecto y a las eventuales modificaciones aprobadas. Para expedirlo, el promotor debe garantizar que se han completado todos los trabajos y que se cumplen las normas técnicas y de seguridad. Este certificado es esencial para la licencia de primera ocupación y la inscripción registral de la obra nueva terminada. También se pide para las pólizas de seguro decenal. Sin él, la obra se considera inacabada a efectos legales. El Colegio profesional puede visarlo, reforzando su validez.