fecha de respuesta: 26.11.2024
Las lesiones graves con resultado de pérdida o inutilidad de un órgano, miembro o la deformidad grave se castigan con mayor severidad, por considerarse mayor afectación a la integridad física. El artículo 149 CP dispone penas de prisión de 6 a 12 años si se causa pérdida o inutilidad de un órgano principal, y de 3 a 6 años por otras lesiones graves. Las lesiones leves se sancionan como delito leve con multa o penas menores. Se atiende a la entidad de la lesión, la intención y los medios empleados. Además, se contempla indemnización a la víctima por secuelas y gastos médicos.