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Tengo un régimen de visitas establecido con mi hija de ocho años en Cádiz desde hace dos años, y mi ex mujer, que tiene la custodia, ha empezado a convivir en su domicilio con una nueva pareja que apenas conozco y de quien tengo referencias preocupantes sobre su comportamiento con menores en el pasado. Me gustaría saber si el simple hecho de que haya una nueva pareja conviviendo en casa de mi ex mujer es motivo suficiente para solicitar una modificación de la custodia actual.
Mi madre tuvo una relación con un hombre hace más de treinta años en Salamanca, que según ella es mi verdadero padre biológico, aunque nunca llegó a reconocerme legalmente y yo crecí sin ningún contacto con él ni con su familia. Recientemente he sabido que este hombre falleció hace unos meses, dejando varios hijos reconocidos y cierto patrimonio. Me gustaría saber si todavía es posible reclamar mi filiación biológica respecto a él ahora que ya no está vivo, y si esto me daría derecho a alguna parte de su herencia.
Tengo cuarenta años, vivo sola en Murcia y trabajo de forma estable como funcionaria desde hace más de una década. Siempre he querido ser madre y, tras valorar distintas opciones, he decidido iniciar el proceso de adopción nacional sin tener pareja. Algunas personas de mi entorno me han comentado que quizás las administraciones prioricen a las parejas frente a las solicitudes individuales, y me gustaría saber si legalmente existe algún impedimento para adoptar siendo una mujer soltera y qué debo tener en cuenta antes de solicitarlo.
Tengo setenta años y vivo en Segovia, y últimamente he oído hablar bastante del llamado testamento vital o documento de instrucciones previas, además del testamento tradicional para repartir mis bienes que ya tengo otorgado desde hace años. No entiendo bien qué diferencia existe entre ambos documentos, ni si el testamento vital sustituye de alguna forma al testamento habitual, ni si necesito hacer algo adicional para tener también regulada esta otra cuestión relacionada con decisiones médicas futuras.
Hace tres años me casé en Madrid con una persona con quien nunca tuve intención real de formar una vida en común, sino que lo hicimos únicamente para que yo pudiera regularizar mi situación de residencia en España, algo que ambos sabíamos y acordamos desde el principio. Ahora la relación con esa persona se ha deteriorado completamente y quiero saber si, dado que el matrimonio fue simulado desde el principio, podría solicitarse su nulidad en lugar de tener que tramitar un divorcio ordinario.
Estamos separándonos en Valladolid y tenemos dos hijos con edades muy diferentes: una niña de catorce años y un bebé de ocho meses. Ambos queremos plantear la custodia compartida, pero no sabemos si legalmente es posible aplicar el mismo régimen a hijos de edades tan distintas, ya que entendemos que las necesidades de un bebé lactante son muy diferentes a las de una adolescente, y nos preocupa que el juzgado nos diga que no es viable establecer una custodia compartida conjunta para ambos hermanos.
Soy de origen latinoamericano y obtuve mi residencia en España hace tres años gracias a mi matrimonio con un ciudadano español, con quien resido en Zaragoza. Actualmente estamos en trámites de divorcio de mutuo acuerdo, pero me preocupa mucho qué pasará con mi permiso de residencia una vez que el divorcio se formalice, ya que no sé si perderé automáticamente mi situación legal en España al dejar de estar casada con un español.
Estamos en pleno procedimiento de divorcio en Bilbao y mi marido solicita custodia compartida de nuestros hijos, pero yo he presentado una denuncia por maltrato psicológico continuado durante nuestro matrimonio, aunque todavía no existe sentencia firme sobre esta denuncia. Me gustaría saber si, mientras se resuelve este procedimiento penal, el juzgado de familia puede tener en cuenta estos indicios de violencia para denegar la custodia compartida que él solicita, o si es necesario esperar a que exista una condena definitiva.
Cuándo es necesario consultar a un abogado? Las personas deciden visitar a un abogado cuando enfrentan dificultades significativas. La asistencia profesional de un abogado en Madrid es a menudo solicitada cuando el caso ya está en el tribunal o en una institución y las cosas no están yendo como se esperaba. O peor aún, el caso ya ha sido perdido. Por lo tanto, recomendamos no retrasar la consulta y resolver el problema lo antes posible.
Los precios de los servicios de los abogados se determinan por el volumen de trabajo y la complejidad del caso. En promedio, los servicios de un abogado comienzan a partir de 100 EUR. Elija candidatos según las calificaciones y opiniones. Muchos tienen ejemplos de trabajos realizados.
Las consultas con abogados en Madrid comienzan desde 70 EUR y pueden ser más altas (los precios pueden variar según la complejidad de la cuestión y el tipo de respuesta).
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