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Hace tres años me casé en Madrid con una persona con quien nunca tuve intención real de formar una vida en común, sino que lo hicimos únicamente para que yo pudiera regularizar mi situación de residencia en España, algo que ambos sabíamos y acordamos desde el principio. Ahora la relación con esa persona se ha deteriorado completamente y quiero saber si, dado que el matrimonio fue simulado desde el principio, podría solicitarse su nulidad en lugar de tener que tramitar un divorcio ordinario.
Recibo desde hace dos años una pensión compensatoria mensual de mi ex marido, fijada en nuestro divorcio en Logroño, y ahora que estoy preparando mi declaración de la renta, no tengo claro si debo declarar este dinero como un ingreso más sujeto a tributación, ni tampoco sé si mi ex marido, que es quien paga esta pensión, puede deducirse de alguna forma estas cantidades en su propia declaración, ya que me gustaría entender bien las implicaciones fiscales de esta pensión para ambos.
Mi ex marido lleva varios meses sin pagar la pensión de alimentos de nuestros hijos, fijada en la sentencia de divorcio dictada en Jaén. Sé que todavía mantiene una cuenta bancaria conjunta con su nueva pareja, aunque él no tiene ninguna cuenta a su nombre en solitario que yo conozca. Me gustaría saber si puedo pedir el embargo de esa cuenta conjunta para cobrar lo que me debe, o si el hecho de que esté también a nombre de otra persona lo impide.
Después de nueve años conviviendo como pareja de hecho inscrita en Barcelona, mi pareja y yo hemos decidido romper nuestra relación. Durante todo este tiempo yo dejé mi trabajo para dedicarme al cuidado de la casa y de nuestros dos hijos, mientras que mi pareja desarrollaba su carrera profesional sin interrupciones. Ahora que rompemos, me preocupa mucho mi situación económica futura, y me gustaría saber si tengo derecho a algún tipo de compensación económica similar a la pensión compensatoria que existe en los divorcios, dado que no estábamos casados sino que éramos pareja de hecho.
Mi pareja y yo somos primos hermanos y llevamos varios años juntos en Palencia, y ahora estamos valorando seriamente casarnos, pero algunos familiares nos han comentado que quizás exista algún impedimento legal por nuestro grado de parentesco que pudiera afectar a la validez de nuestro matrimonio en el futuro. Nos gustaría saber si realmente existe alguna prohibición legal para que dos primos hermanos puedan casarse en España, o si esto es simplemente un mito o una tradición sin base legal real.
Mi pareja y yo tenemos un hijo de tres años y llevamos varios años conviviendo como pareja de hecho en Bilbao, sin estar casados. Nos gustaría saber si, al no estar casados, la patria potestad y la toma de decisiones sobre nuestro hijo funciona de forma distinta a como sería si estuviéramos casados, o si al haber reconocido ambos legalmente al niño desde su nacimiento, tenemos exactamente los mismos derechos y obligaciones respecto a él que cualquier matrimonio.
Mi pareja y yo llevamos conviviendo varios años en Murcia sin estar casados ni inscritos como pareja de hecho, y tenemos un hijo pequeño en común. Hemos decidido separarnos, pero la vivienda donde vivimos está alquilada únicamente a nombre de mi pareja. Me gustaría saber si, al no estar casados ni ser pareja de hecho formalmente inscrita, tengo algún derecho a permanecer en esta vivienda junto con nuestro hijo, o si simplemente debo abandonarla porque el contrato de alquiler no está a mi nombre.
Mi padre falleció recientemente en Valencia y, al revisar sus papeles, he descubierto que tenía varias deudas pendientes con bancos y posiblemente con Hacienda, cuyo importe desconozco con exactitud todavía. No quiero aceptar la herencia si eso implica que tenga que pagar esas deudas con mi propio patrimonio personal, pero tampoco quiero renunciar del todo porque hay algunos bienes, como un piso pequeño, que sí me interesaría conservar. Me gustaría saber qué opciones legales tengo para no arriesgar mi dinero ante deudas que desconozco todavía.
Cuándo es necesario consultar a un abogado? Las personas deciden visitar a un abogado cuando enfrentan dificultades significativas. La asistencia profesional de un abogado en Madrid es a menudo solicitada cuando el caso ya está en el tribunal o en una institución y las cosas no están yendo como se esperaba. O peor aún, el caso ya ha sido perdido. Por lo tanto, recomendamos no retrasar la consulta y resolver el problema lo antes posible.
Los precios de los servicios de los abogados se determinan por el volumen de trabajo y la complejidad del caso. En promedio, los servicios de un abogado comienzan a partir de 100 EUR. Elija candidatos según las calificaciones y opiniones. Muchos tienen ejemplos de trabajos realizados.
Las consultas con abogados en Madrid comienzan desde 70 EUR y pueden ser más altas (los precios pueden variar según la complejidad de la cuestión y el tipo de respuesta).
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