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Antes de casarme el próximo mes en Córdoba, contraje un préstamo personal para reformar mi piso, que sigo pagando actualmente. Mi futura mujer no tiene ninguna deuda y no quiere verse implicada en el pago de la mía en caso de que en el futuro las cosas no salgan bien entre nosotros. Nos gustaría saber si es posible dejar claro mediante algún pacto que esa deuda anterior a la boda seguirá siendo exclusivamente responsabilidad mía, incluso si nos casamos en régimen de gananciales.
Tengo una hija de dos años con mi pareja actual en Toledo, con quien no estoy casado, y hasta ahora no hemos formalizado legalmente el reconocimiento de la paternidad porque no sabíamos bien cómo hacerlo ni si era realmente necesario dado que convivimos juntos y todos sabemos que es mi hija. Ahora nos gustaría regularizar esta situación para que conste correctamente en todos los documentos oficiales y quiero saber qué pasos concretos debo seguir para reconocerla legalmente como mi hija.
Mi ex marido, con quien me divorcié en Ourense, tiene la costumbre de pagar la pensión de alimentos de nuestros hijos siempre con bastante retraso, a veces hasta con dos o tres semanas de demora respecto a la fecha pactada en el convenio regulador, aunque finalmente termina abonando el importe completo cada mes. Quiero saber si, además de reclamar puntualidad en los pagos, tengo derecho a exigirle también algún tipo de interés o recargo por esos retrasos reiterados a lo largo de los últimos meses.
Mi madre falleció hace unos meses en Murcia dejándonos como únicos herederos a mis dos hermanos y a mí un piso que era su vivienda habitual, sin más bienes relevantes en la herencia. Ninguno de los tres quiere quedarse a vivir en el piso, pero uno de mis hermanos preferiría conservarlo como inversión para alquilarlo, mientras que los otros dos preferimos venderlo y repartirnos el dinero. No sabemos cómo resolver legalmente este desacuerdo sobre un bien que, al ser una vivienda, no se puede dividir físicamente entre los tres.
Llevo conviviendo con mi pareja desde hace dos años en Sevilla y nos gustaría formalizar nuestra relación inscribiéndonos como pareja de hecho, ya que por ahora no tenemos intención de casarnos pero sí queremos tener cierto reconocimiento legal de nuestra situación. No sabemos exactamente qué requisitos debemos cumplir para poder inscribirnos, ni ante qué organismo debemos hacerlo, ni qué documentación necesitamos aportar para formalizar este registro.
Mi hermana atraviesa serios problemas de salud mental en Granada y no puede hacerse cargo de su hijo de ocho años durante un tiempo. Vivo cerca y me gustaría acogerlo en mi casa mientras ella se recupera, sin que eso suponga romper la relación con su madre ni iniciar una adopción definitiva. No sé si esto se puede formalizar legalmente entre familiares o si necesariamente debe intervenir la administración pública de menores.
Mi ex marido y yo nos divorciamos civilmente hace cuatro años en Madrid, un proceso que fue relativamente sencillo porque estábamos de acuerdo en todo. Ahora yo querría volver a casarme por la iglesia con otra persona, pero me han dicho que para hacerlo necesitaría también la nulidad eclesiástica de mi primer matrimonio, ya que el divorcio civil no tiene efectos para la iglesia católica. No entiendo bien la diferencia entre ambos procesos ni si tramitar la nulidad canónica ahora podría afectar de alguna manera a la sentencia de divorcio civil que ya tenemos firme.
Tengo sesenta años y quiero ordenar mi patrimonio en Sevilla mediante un testamento, pero no sé bien qué modalidad me conviene más, ya que he oído hablar del testamento abierto ante notario, del cerrado y del ológrafo que se puede escribir a mano sin notario. Me gustaría entender las ventajas concretas de otorgar un testamento abierto ante notario frente a estas otras opciones, especialmente pensando en la seguridad jurídica y en facilitar las cosas a mis herederos en el futuro.
Cuándo es necesario consultar a un abogado? Las personas deciden visitar a un abogado cuando enfrentan dificultades significativas. La asistencia profesional de un abogado en Madrid es a menudo solicitada cuando el caso ya está en el tribunal o en una institución y las cosas no están yendo como se esperaba. O peor aún, el caso ya ha sido perdido. Por lo tanto, recomendamos no retrasar la consulta y resolver el problema lo antes posible.
Los precios de los servicios de los abogados se determinan por el volumen de trabajo y la complejidad del caso. En promedio, los servicios de un abogado comienzan a partir de 100 EUR. Elija candidatos según las calificaciones y opiniones. Muchos tienen ejemplos de trabajos realizados.
Las consultas con abogados en Madrid comienzan desde 70 EUR y pueden ser más altas (los precios pueden variar según la complejidad de la cuestión y el tipo de respuesta).
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