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Recibo desde hace dos años una pensión compensatoria mensual de mi ex marido, fijada en nuestro divorcio en Logroño, y ahora que estoy preparando mi declaración de la renta, no tengo claro si debo declarar este dinero como un ingreso más sujeto a tributación, ni tampoco sé si mi ex marido, que es quien paga esta pensión, puede deducirse de alguna forma estas cantidades en su propia declaración, ya que me gustaría entender bien las implicaciones fiscales de esta pensión para ambos.
Tras años reclamando el pago de la pensión de alimentos de mi hijo en Lugo, mi ex pareja finalmente ha comparecido en el juzgado alegando que se encuentra en situación de insolvencia total, sin bienes ni ingresos declarados, y el procedimiento de ejecución parece haberse estancado por esta razón. Me gustaría saber qué opciones tengo realmente si el deudor no tiene, aparentemente, nada que embargar, y si existe alguna ayuda pública mientras se resuelve o se acredita mejor su situación económica real.
Mi ex mujer y yo tenemos establecida la custodia compartida de nuestros dos hijos al cincuenta por ciento en Bilbao desde hace un año, con semanas alternas en cada domicilio, pero en la sentencia se me obliga además a pagarle una pensión de alimentos mensual, lo cual no entiendo bien, ya que pensaba que en la custodia compartida cada progenitor asumía directamente los gastos de los hijos durante el tiempo que están con él, sin necesidad de pensiones adicionales entre nosotros. Me gustaría entender por qué en mi caso sí se ha fijado esta pensión.
Tuve un hijo hace dos años en Almería fruto de una relación breve con un hombre que, desde que se enteró del embarazo, se ha desentendido completamente y se ha negado siempre a reconocer al niño como suyo, a pesar de que estoy convencida de que es el padre biológico. No recibo ningún tipo de ayuda económica de su parte y me gustaría saber si puedo obligarle judicialmente a reconocer la paternidad y a asumir sus responsabilidades como padre, incluida la pensión de alimentos correspondiente.
Hemos adoptado hace un año a un niño de siete años en Cáceres que presenta ciertas necesidades educativas especiales derivadas de las circunstancias que vivió antes de la adopción, incluyendo dificultades de aprendizaje y apoyo psicológico continuado. Queremos saber si, además de los trámites legales ya completados de la adopción, existen ayudas económicas o recursos públicos específicos pensados para familias que adoptan a menores con necesidades especiales, y cómo podemos acceder a ellos.
Mi hermana atraviesa serios problemas de salud mental en Granada y no puede hacerse cargo de su hijo de ocho años durante un tiempo. Vivo cerca y me gustaría acogerlo en mi casa mientras ella se recupera, sin que eso suponga romper la relación con su madre ni iniciar una adopción definitiva. No sé si esto se puede formalizar legalmente entre familiares o si necesariamente debe intervenir la administración pública de menores.
Pago actualmente una pensión de alimentos por mi hija de mi primer matrimonio, fijada hace cuatro años en Málaga, y mi actual pareja está embarazada de nuestro primer hijo en común, que nacerá en unos meses. Con este nuevo nacimiento, mis gastos familiares van a incrementarse considerablemente, y me gustaría saber si el nacimiento de este nuevo hijo me permite solicitar una reducción de la pensión que actualmente pago por mi hija mayor, dado que ahora tendré que repartir mis ingresos entre más personas a mi cargo.
Mi padre falleció el mes pasado en Cáceres y, revisando sus papeles, hemos encontrado un documento escrito enteramente de su puño y letra, fechado y firmado, en el que reparte sus bienes entre mis hermanos y yo de una forma distinta a como habríamos heredado por ley. No sabemos si este documento manuscrito, que no pasó nunca por notario, tiene validez legal como testamento, ni qué trámites debemos seguir ahora para poder utilizarlo a efectos de repartir la herencia.
Cuándo es necesario consultar a un abogado? Las personas deciden visitar a un abogado cuando enfrentan dificultades significativas. La asistencia profesional de un abogado en Madrid es a menudo solicitada cuando el caso ya está en el tribunal o en una institución y las cosas no están yendo como se esperaba. O peor aún, el caso ya ha sido perdido. Por lo tanto, recomendamos no retrasar la consulta y resolver el problema lo antes posible.
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