fecha de respuesta: 14.12.2024
Las participaciones de una SL no están representadas por títulos negociables (a diferencia de las acciones de una SA), sino por anotaciones en el libro registro de socios. Su transmisibilidad puede estar sujeta a restricciones: la ley prevé un derecho de adquisición preferente para los demás socios si se venden a un tercero. Los estatutos pueden reforzar o flexibilizar esa restricción. Se requiere notificar la intención de transmisión a la sociedad y, si los socios o la propia sociedad no ejercen el derecho de adquisición, puede venderse libremente al tercero. Todo esto protege el carácter 'cerrado' de la SL y evita la entrada de desconocidos sin control del resto de socios.