fecha de respuesta: 29.12.2024
Cada vez más, los juzgados contemplan el uso de videollamadas o chats para mantener el contacto con el progenitor no custodio, especialmente si reside lejos o cuando el régimen presencial se ve limitado. No sustituye las visitas físicas, pero puede ser un complemento para reforzar la relación. Si los padres lo aceptan o el juez lo considera positivo, se estipula en la sentencia la posibilidad de comunicarse por videoconferencia en horarios razonables. Se busca el equilibrio, evitando excesos que interfieran con la rutina del menor. La jurisprudencia ve con buenos ojos la tecnología para mantener la vinculación paterno-filial, sin perjudicar la vida diaria del niño.