fecha de respuesta: 24.11.2024
El recurso de alzada se presenta ante el órgano superior jerárquico del que dictó el acto, dentro del plazo de un mes si el acto es expreso (o tres meses si el silencio fue negativo). Debes indicar los datos del recurrente, el acto que impugnas, los argumentos jurídicos y fácticos, y la petición concreta (que revoquen o modifiquen la resolución). Una vez recibido, el órgano competente revisa el expediente y dicta nueva resolución, confirmando o anulando el acto impugnado. Si no resuelven en plazo, se puede entender desestimado el recurso, abriéndose la vía contencioso-administrativa.