fecha de respuesta: 26.12.2024
La Constitución y los Estatutos de Autonomía determinan las competencias de cada nivel. Algunas se reservan al Estado (defensa, relaciones exteriores, etc.), otras están transferidas a las comunidades (sanidad, educación, vivienda) y los ayuntamientos asumen competencias en servicios públicos locales (basura, urbanismo, alumbrado...). Las leyes sectoriales explicitan esos repartos. El principio de subsidiariedad favorece que las competencias se ejerzan en el nivel más cercano al ciudadano, siempre respetando la normativa básica estatal y las leyes autonómicas. Cuando surgen conflictos, el Tribunal Constitucional resuelve los conflictos competenciales.