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¿Cómo se califica el delito de amenazas?

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Pregunta del visitante

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12.11.2024

¿Requiere intimidación grave o basta una advertencia de mal leve?

Respuesta a la pregunta 17.11.2024
fecha de respuesta: 17.11.2024

El delito de amenazas se configura cuando alguien anuncia a otro un mal futuro y grave para su persona, familia o bienes, con intención de infundir miedo o coaccionar. El mal debe ser real, serio y factible. Si la amenaza no es grave o se reduce a un mal leve, podría constituir un delito leve de coacción o injuria según el caso. Si la amenaza persigue que la víctima realice o deje de realizar algo, puede ser coacción. La pena se agrava si es condicional, si se exige una suma de dinero o si se difunde ante varias personas (advertencias públicas). Se valora el efecto intimidatorio real.

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