fecha de respuesta: 08.12.2024
El contrato de arras es un precontrato o señal que el comprador entrega al vendedor para reservar la compraventa hasta la firma del contrato definitivo. Hay tres tipos: confirmatorias (simple anticipo que prueba el acuerdo, se descuenta del precio), penitenciales (art. 1454 CC: si el comprador desiste, pierde las arras; si el vendedor no cumple, las devuelve dobladas), y penales (funcionan como cláusula penal, sancionando el incumplimiento). Lo habitual son las penitenciales, que permiten desistir a cualquiera de las partes asumiendo la penalización pactada. El importe suele oscilar entre el 5% y el 10% del precio. Si no se detalla el tipo, los tribunales a menudo las interpretan como penitenciales.