fecha de respuesta: 10.11.2024
La liquidación del régimen de gananciales puede realizarse junto con el divorcio si las partes lo incluyen en el convenio regulador o lo solicitan en el procedimiento contencioso. Sin embargo, a menudo se tramita en un expediente aparte, sobre todo si hay discrepancias sobre el inventario de bienes y deudas. Primero se elabora un inventario (qué es ganancial y qué privativo), luego se valora y se reparte buscando la igualdad. Si no hay acuerdo, el juez nombra un contador-partidor y se sigue un juicio de liquidación que culmina en un auto que adjudica los bienes. Es recomendable intentar pactar para ahorrar tiempo y costes.