¿Se puede hacer una prueba de ADN si el presunto padre ya falleció?
- 05.06.2026
Mis hijos de ocho y once años han presenciado directamente episodios de violencia de mi ex pareja hacia mí en Alicante, y el fiscal considera relevante su testimonio para el procedimiento penal en curso. Me preocupa mucho el impacto emocional que esto pueda tener en ellos si tienen que declarar sobre lo que han visto, y me gustaría saber qué medidas de protección existen para menores que actúan como testigos en este tipo de procesos judiciales tan delicados relacionados con violencia de género.
La legislación española contempla medidas específicas de protección para menores testigos en procedimientos de violencia de género, principalmente a través del Estatuto de la Víctima del Delito regulado por la Ley 4/2015 y de la Ley Orgánica de Protección Jurídica del Menor, que reconocen a los menores testigos como víctimas especialmente vulnerables, con derecho a recibir un trato adaptado a su edad y madurez que minimice en la medida de lo posible el impacto emocional derivado de su participación en el proceso judicial. En la práctica, esto se traduce en que la exploración de sus hijos no debería realizarse en la sala de vistas convencional junto a los adultos implicados, sino que se practica habitualmente mediante lo que se conoce como prueba preconstituida, en una sala especialmente adaptada del juzgado, denominada sala Gesell o similar, en la que un psicólogo forense especializado en menores realiza la entrevista con el niño de forma individual, mientras el resto de las partes, incluido el presunto agresor, siguen la exploración desde otra sala mediante circuito cerrado de televisión, evitando así el contacto visual directo entre el menor y el investigado durante su declaración. Esta prueba preconstituida, practicada de esta forma tan cuidadosa, tiene además la ventaja procesal de que puede realizarse una sola vez, evitando que el menor tenga que repetir su testimonio en distintas fases del procedimiento, lo que reduce considerablemente la victimización secundaria que supondría para el niño tener que revivir estos episodios traumáticos en múltiples ocasiones ante diferentes instancias judiciales. Le recomiendo, además de confiar en estos mecanismos legales específicos ya previstos, solicitar a través de su abogado que se active expresamente esta modalidad de exploración protegida para sus hijos, y buscar también apoyo psicológico especializado para ellos, tanto antes como después de su participación en el proceso judicial, ya que contar con este acompañamiento profesional adicional puede ayudarles considerablemente a gestionar el impacto emocional de esta experiencia tan delicada para su edad.
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