fecha de respuesta: 04.12.2024
La Ley de Contratos de Crédito al Consumo (TRLGDCU y Ley 16/2011) impone requisitos de información previa: importe, TAE, coste total, plazo, derecho de desistimiento en 14 días, etc. El prestamista debe evaluar la solvencia del cliente para evitar sobreendeudamiento. Respecto a intereses, no hay un techo legal fijo, pero si el tipo es usurario (manifiestamente desproporcionado en comparación con los normales del mercado), puede declararse nulo según la Ley de Usura. También se prohíben prácticas agresivas en la publicidad de 'préstamos rápidos' y hay sanciones si se ocultan comisiones o se utilizan slogans engañosos, fomentando un endeudamiento irresponsable. El consumidor tiene la opción de reembolsar anticipadamente con reducción de costes.