fecha de respuesta: 11.11.2024
La Ley de Contrato de Seguro (y el TRLGDCU no regula esto específicamente) contempla la acción directa del perjudicado contra la aseguradora en casos de responsabilidad civil obligatoria (por ejemplo, el seguro de autos). El perjudicado puede demandar directamente a la compañía aseguradora del responsable, sin tener que reclamar primero al causante. No es una figura propia del derecho de consumo, sino de la ley de seguros y la legislación sectorial, pero beneficia a la víctima-consumidor. Para otras pólizas voluntarias, la posibilidad de acción directa depende de la cláusula contractual y la normativa aplicable. Sin embargo, en muchos seguros de responsabilidad civil, está reconocida la posibilidad de dirigir la reclamación contra la aseguradora.