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¿En qué casos se recurre a la vía notarial para la declaración de herederos abintestato y la adjudicación de herencia?

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Pregunta del visitante

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28.10.2024

¿Es siempre necesaria la partición judicial o puede hacerse notarialmente si no hay conflicto?

Respuesta a la pregunta 29.10.2024
fecha de respuesta: 29.10.2024

Cuando fallece una persona sin testamento (abintestato), los familiares acuden al notario para el acta de declaración de herederos si son parientes de línea recta ascendiente o descendiente, o cónyuge. Una vez el notario determina quiénes son herederos legales, se procede a la adjudicación de la herencia en escritura pública, repartiendo bienes conforme a la ley. Si hay acuerdo, no se necesita el juzgado. Únicamente si existen disputas irreconciliables o impugnaciones, se abre la vía judicial. La reforma legal de la Ley de Jurisdicción Voluntaria ha potenciado la tramitación notarial para agilizar el proceso, siempre que todos los interesados estén conformes y tengan capacidad para actuar.

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