fecha de respuesta: 29.12.2024
Sí, los cuerpos de secretarios, interventores y tesoreros de la Administración local son funcionarios de habilitación de carácter nacional, regulados por la ley. Se encargan de funciones de fe pública, asesoramiento legal y control interno financiero en ayuntamientos y diputaciones. Aunque trabajan para el municipio, su nombramiento y control depende también del Ministerio competente (actualmente, Política Territorial). Tienen un régimen jurídico especial y el ayuntamiento debe tener uno de ellos. Sus competencias son intransferibles, garantizando la legalidad de los actos y la transparencia contable.