fecha de respuesta: 13.11.2024
La expropiación forzosa es la facultad de la Administración para privar a un particular de su propiedad o derechos, por motivo de utilidad pública o interés social, siempre con indemnización justa. Se tramita un expediente en el que se declara la utilidad pública del proyecto (carretera, hospital, etc.), se valora el bien expropiado y se ofrece un justiprecio. Si el propietario no está de acuerdo, puede impugnar la valoración ante el Jurado de Expropiación o la vía judicial. Una vez fijado el justiprecio y abonado, la Administración adquiere la propiedad. Si el particular se opone a la posesión, la Administración puede ejercer la vía ejecutiva para tomar el terreno.