fecha de respuesta: 14.12.2024
Las ordenanzas y reglamentos locales deben publicarse en el Boletín Oficial de la Provincia (BOP) para su eficacia, y a veces también en el BOE o en el boletín de la comunidad autónoma si así lo establece la normativa. Suelen someterse previamente a exposición pública y aprobadas por el Pleno municipal. Su plena validez se produce tras su publicación oficial y el transcurso del plazo establecido. El tablón de anuncios municipal puede servir para la fase de información pública, pero no sustituye la obligación de publicarlas en el BOP para que tengan fuerza normativa y sean exigibles a todos.