fecha de respuesta: 12.01.2025
Sí, el Código Civil español prevé la obligación subsidiaria de los parientes más próximos en grado de consanguinidad cuando el progenitor directo no puede cumplir. Sin embargo, se aplica en casos muy excepcionales y tras agotar la reclamación al padre y madre. El juez puede examinar si los abuelos tienen recursos suficientes. Es un recurso poco habitual, pero legalmente posible. Primero hay que probar la incapacidad real de los padres para asumir sus obligaciones y luego recurrir a los ascendientes.