fecha de respuesta: 12.11.2024
La normativa cambió varias veces. Actualmente, la ley permite que los convenios colectivos establezcan cláusulas de jubilación forzosa si el trabajador cumple la edad legal de jubilación y tiene derecho al 100% de la pensión contributiva. Esa cláusula debe vincularse a objetivos de política de empleo (contratación de nuevos trabajadores, relevo generacional). No se considera discriminatoria. Sin embargo, es un tema controvertido y puede cambiar según reformas legislativas. En todo caso, la jubilación forzosa debe cumplir las condiciones legales y no vulnerar derechos fundamentales.