fecha de respuesta: 24.12.2024
Porque el TRLGDCU (art. 10) establece que los derechos reconocidos a los consumidores son irrenunciables; cualquier pacto o cláusula que implique que el consumidor renuncie a protecciones legales (garantías, desistimiento, responsabilidad del empresario, etc.) se considera nulo de pleno derecho. El objetivo es impedir que el empresario, en su superioridad, imponga renuncias y vacíe la ley de contenido. Por tanto, si en un contrato se lee 'el consumidor renuncia a toda reclamación', es una cláusula abusiva y se anula, quedando sin efecto. Se salvaguarda así la efectividad de la normativa de consumo.