¿Puede la Administración embargar cuentas o bienes sin intervención judicial? - Abogados24-es.com

¿Puede la Administración embargar cuentas o bienes sin intervención judicial?

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Pregunta del visitante

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05.01.2025

Me han dicho que Hacienda ejecuta sus deudas directamente, ¿es cierto?

Respuesta a la pregunta 07.01.2025
fecha de respuesta: 07.01.2025

La Administración Tributaria y otros entes con potestad recaudadora poseen la facultad de ejecución forzosa sin necesidad de acudir a un juez, siempre que exista una deuda líquida y exigible. Se activa el procedimiento de apremio, notificando al deudor y, si no paga, se procede al embargo de cuentas bancarias, salarios, propiedades, etc. Es la llamada autotutela ejecutiva. Sin embargo, el deudor puede oponerse en vía administrativa y luego recurrir al contencioso-administrativo. Si se demuestra que la deuda no era correcta o que hubo defectos procedimentales, el embargo puede anularse.

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