fecha de respuesta: 14.12.2024
Si percibe la pensión de jubilación plena, no puede realizar actividad económica sujeta a alta en la Seguridad Social sin incurrir en incompatibilidad, salvo la jubilación activa o flexible. Para presentar IVA o declaraciones por una actividad empresarial, tendría que estar de alta. En caso de percibir una jubilación normal y emprender actividad, se suspende la pensión. Sin embargo, sí puede hacer declaraciones de rendimiento de capital o rentas de patrimonio, eso no implica trabajar. Lo relevante es si la actividad requiere alta en RETA o en régimen general. De ser así, la pensión se ve afectada.