fecha de respuesta: 18.12.2024
El delito continuado se da cuando se repiten varios actos delictivos homogéneos en un plan de ejecución único o con idéntica ocasión, lesionando el mismo bien jurídico (por ejemplo, defraudaciones sucesivas a la misma víctima). Se impone la pena correspondiente al delito, aunque se agrava en un grado. En cambio, el concurso real implica múltiples delitos independientes cometidos en distintos actos, sumándose las penas, salvo límites globales. La calificación de continuado reduce la acumulación de penas si el hecho es una prolongación de la misma conducta delictiva, mientras el concurso real suma.