fecha de respuesta: 04.01.2025
Tras la reforma del Código Penal en 2015, desapareció la categoría de faltas y se introdujeron los delitos leves, manteniendo la esencia de las antiguas faltas con un régimen sancionador similar, pero integrándolas formalmente en el ámbito delictivo. Son infracciones penales de menor gravedad (por ejemplo, injurias leves, coacciones leves). Se penan con multas o penas leves. De esta forma, la distinción tradicional entre delitos y faltas se transformó en la distinción entre delitos graves, menos graves y delitos leves, con consecuencias procesales y de antecedentes penales diferentes.