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¿Qué diferencias existen entre la tutela, la curatela y la guarda de hecho en protección de adultos vulnerables?

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Pregunta del visitante

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03.01.2025

He escuchado varios términos y me confundo. ¿La guarda de hecho es formal?

Respuesta a la pregunta 08.01.2025
fecha de respuesta: 08.01.2025

La guarda de hecho es una situación fáctica donde alguien cuida de la persona vulnerable sin nombramiento oficial. La curatela, tras la reforma de la Ley 8/2021, es la principal figura de apoyo para quien conserva cierto grado de autonomía y necesita acompañamiento en actos concretos. El tutor (o tutela) se reservaba para personas con capacidad prácticamente suprimida, pero ahora sólo para menores huérfanos o en supuestos residuales. En adultos, la tutela desaparece, prevaleciendo la curatela con diferentes intensidades. Un curador no sustituye completamente la voluntad, sino que la apoya. La guarda de hecho carece de efectos jurídicos plenos, por lo que conviene formalizar la curatela.

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