fecha de respuesta: 20.11.2024
El psiquiatra forense debe actuar con rigor científico y neutralidad, ajustándose a la ética pericial y a la ley procesal. Emite un informe sobre la capacidad mental del paciente, su riesgo para sí mismo o terceros, y la conveniencia o no de la medida de internamiento o tutela. La objetividad es un deber, pues se trata de un auxiliar del juzgado que no defiende intereses de parte sino que debe reflejar la realidad clínica. Se basa en entrevistas, tests, historial y observación. Si el perito se desvía por prejuicios o falta de método, su informe puede impugnarse. La legislación (LECrim y Ley 1/2000) exige veracidad y claridad para que el juez decida correctamente.