fecha de respuesta: 15.12.2024
El Gobierno central ejerce la potestad reglamentaria conforme al art. 97 CE, desarrollando las leyes estatales mediante Reales Decretos y otras normas inferiores. Las comunidades autónomas, en su esfera competencial, tienen su propia potestad reglamentaria: los Consejos de Gobierno autonómicos aprueban Decretos autonómicos que despliegan las leyes regionales o estatales en lo que sea de su competencia. Ambas potestades están jerarquizadas, subordinadas a la Constitución, a las leyes y a los principios competenciales. Si un reglamento autonómico invade materia estatal exclusiva, puede ser anulado por el Tribunal Constitucional, y viceversa.