fecha de respuesta: 04.12.2024
Si los cónyuges separados deciden reconciliarse, pueden reanudar la convivencia con plena validez matrimonial, pues el vínculo no se había extinguido, solo estaba suspendido. Conviene notificarlo al juzgado que dictó la separación para levantar los efectos de la sentencia (pensiones, uso de la vivienda) y hacerlo constar en el Registro Civil. Sin esa notificación, formalmente sigue vigente la separación. Si no se realiza, podría haber confusiones con terceras personas (embargos, liquidación de gananciales, etc.). La reconciliación deja sin efecto la resolución de separación, pero si luego vuelven a romper, deberán iniciar un nuevo procedimiento de divorcio.