fecha de respuesta: 18.01.2025
En la fusión por absorción, una sociedad (absorbente) integra el patrimonio y pasivos de otra u otras (absorbidas), que se extinguen sin liquidarse. Se presenta un proyecto de fusión (conforme a la Ley de Modificaciones Estructurales), sometido a aprobación de las juntas generales de las sociedades implicadas. La sociedad absorbente amplía, si procede, su capital para otorgar acciones o participaciones a los socios de la absorbida como contrapartida. La sociedad absorbida desaparece jurídicamente y se inscribe en el Registro Mercantil la fusión, transfiriendo todo su patrimonio a la absorbente. Es un procedimiento habitual para concentrar negocios y reducir estructuras societarias redundantes.