fecha de respuesta: 07.11.2024
La contratación menor es un procedimiento simplificado para contratos de cuantía reducida (hasta 15.000 euros en servicios y suministros, o 80.000 euros en obras, según la legislación). Permite adjudicar de modo directo sin necesidad de concurso formal, pero exige justificar la necesidad, la no fragmentación del objeto y la publicidad mínima. La Ley de Contratos del Sector Público establece límites y controles para evitar abusos. Si se fracciona artificialmente un contrato mayor, se incumple la normativa. Aunque es un trámite ágil, se requiere la aprobación del gasto y la facturación conforme a la ley.