fecha de respuesta: 08.12.2024
La custodia de emergencia o desamparo sucede cuando los servicios sociales detectan un peligro inminente para el menor (maltrato, abandono, abuso). La administración autonómica puede asumir la tutela provisionalmente, separando al menor de sus padres sin autorización judicial inmediata. Luego, se ratifica la medida en sede administrativa o se recaba aval judicial si los padres se oponen. El objetivo es salvaguardar la integridad del niño. Tras la retirada, se estudia si es posible la reinserción familiar con medidas de protección o se deriva a acogimiento o adopción. El padre o madre puede impugnar la declaración de desamparo si considera que no hay base real.