fecha de respuesta: 23.12.2024
La declaración de obra nueva terminada acredita que la edificación está finalizada y se ajusta al proyecto, mientras que la de obra nueva en construcción se otorga durante la ejecución, reflejando una obra que todavía no ha concluido. En la terminada, presentas al notario el certificado final de obra firmado por el arquitecto y la licencia de primera ocupación (si aplica) para constatar que la construcción está plenamente finalizada. El resultado es la escritura que permite inscribir la vivienda o edificio en el Registro con sus características definitivas, imprescindible para vender o hipotecar.