fecha de respuesta: 29.11.2024
Los entes instrumentales (organismos autónomos, entidades públicas empresariales, agencias) se crean para gestionar competencias o servicios públicos específicos, con cierta autonomía de gestión. Tienen personalidad jurídica propia, aunque están vinculados a la Administración matriz que los tutela y supervisa. La Ley 40/2015 y la Ley de Régimen Jurídico del Sector Público establecen sus distintas modalidades. Los organismos autónomos se financian con presupuestos públicos, las entidades empresariales generan ingresos propios, y las agencias tienen un régimen flexible de gestión. Todos se integran en el sector público, pero con un régimen peculiar para operar con más agilidad.