fecha de respuesta: 05.11.2024
Las cláusulas leoninas son aquellas que otorgan ventajas desmedidas a una parte y perjudican en exceso a otra, rompiendo la igualdad en la sociedad. Por ejemplo, atribuir solo ganancias a ciertos socios y obligar a otros a soportar todas las pérdidas. Tales pactos contravienen la esencia societaria. El socio perjudicado puede invocar la nulidad de la cláusula leonina. El juez suele anular esa parte manteniendo el resto del pacto si es posible (nulidad parcial). Se basan en el principio de que la sociedad presupone reparto equitativo de riesgos y beneficios, salvo acuerdos proporcionales razonables, pero no la marginación total o ventaja exorbitante para uno.