fecha de respuesta: 03.01.2025
Efectivamente, la Directiva (UE) 2019/770 estableció normas sobre los contratos de suministro de contenidos y servicios digitales, transpuesta en España. Refuerza la garantía: el proveedor debe mantener el contenido en correcto funcionamiento, ofrecer actualizaciones de seguridad y compatibilidad, y si hay defectos, el consumidor puede exigir la subsanación o la rebaja del precio. Se aplica a software, música, vídeo en streaming, apps, etc. Además, exige transparencia en licencias, funcionalidades, compatibilidad, e informa de cualquier limitación geográfica. Con ello, el consumidor digital obtiene una protección similar a la compra de bienes físicos, exigible al prestador aunque el contenido sea intangible.