fecha de respuesta: 23.12.2024
La instrucción en casos que van al Tribunal del Jurado se rige por la Ley Orgánica del Tribunal del Jurado y la Ley de Enjuiciamiento Criminal. Se investiga inicialmente por el juez de instrucción, quien recaba pruebas y, concluida la investigación, emite un auto de continuación para el jurado si concurre indicios razonables de delito comprendido en el ámbito del jurado (homicidios, etc.). Luego, el juicio se celebra ante la Audiencia Provincial con el jurado popular. La instrucción prepara la base fáctica para el juicio, y se mantiene la imparcialidad del jurado al no participar en esa fase de investigación, que es dirigida por el juez.