fecha de respuesta: 16.12.2024
La Organización Internacional del Trabajo (OIT) fija convenios sobre derechos laborales, pero no establece protecciones de inversión. Sin embargo, en algunos tratados modernos se incorporan cláusulas de 'no rebajar estándares laborales para atraer inversiones'. Así, se prohíbe a un Estado debilitar las normas de la OIT para promover la llegada de capital. Esto protege a los trabajadores y evitan la 'carrera a la baja'. A la inversa, un inversor no puede demandar al Estado por haber subido el salario mínimo o mejorar condiciones laborales, salvo que sea una medida desproporcionada y discriminatoria. Normalmente, regular salarios mínimos es potestad legítima, y no se considera expropiación ni violación del trato justo.