fecha de respuesta: 20.12.2024
Mientras el hijo mayor de 18 años no tenga medios propios y mantenga un aprovechamiento académico razonable o busque empleo activamente, se considera que sigue necesitando alimentos. El progenitor obligado no puede suspender la pensión por el simple cumplimiento de la mayoría de edad, salvo que el hijo no estudie ni trabaje por su desidia. Cada caso se valora según la jurisprudencia, pudiendo prolongarse hasta los 23-25 años si está estudiando una carrera o formación con dedicación. Si hay abuso o prolongación injustificada de la dependencia, el progenitor puede pedir la extinción de la pensión ante el juez.