fecha de respuesta: 22.12.2024
Las medidas provisionales son actuaciones de la Administración para asegurar la efectividad de la resolución final, evitar daños o riesgos inmediatos. Pueden consistir en suspender temporalmente una actividad, retirar productos peligrosos, precintar instalaciones, etc. Se adoptan antes de la decisión definitiva, si hay indicios de infracción o peligro grave. Deben ser proporcionales y motivadas, y cesan si la resolución no confirma la necesidad de mantenerlas. Son análogas a las medidas cautelares judiciales, pero dictadas por la propia Administración con autotutela, aunque luego son revisables contenciosamente.