fecha de respuesta: 01.12.2024
La Ley de Ordenación de la Edificación (LOE) establece distintos plazos de garantía: 1 año para daños de acabados, 3 años para daños en instalaciones que impidan el uso, y 10 años para daños estructurales. Si detectas desperfectos, debes comunicarlo formalmente al promotor y constructora, con un peritaje. Si ignoran la reclamación, puedes acudir judicialmente. El seguro decenal cubre los vicios estructurales graves. Los plazos empiezan desde la recepción de la obra o la compra si es posterior. Es esencial no dejar pasar mucho tiempo y reunir pruebas de los desperfectos.