fecha de respuesta: 26.11.2024
El régimen de visitas es obligatorio para los progenitores, pero con hijos adolescentes es habitual que se atienda su opinión. Si el menor se niega firmemente y la causa es razonable (conflicto, malas condiciones), se pueden solicitar modificaciones de medidas en el juzgado. El juez escuchará al menor y al equipo psicosocial para ver si se mantiene, se reduce o se suspende la visita. No se obliga físicamente al menor contra su voluntad, aunque se intentan medidas de mediación o terapia familiar para mejorar la relación. En todo caso, la actitud de la madre o padre custodio no debe obstaculizar injustamente la visita, pues podría ser considerada incumplimiento.