¿Qué efectos tiene la reconciliación entre cónyuges separados judicialmente?
- 02.12.2024
Somos cuatro hermanos herederos de nuestros padres en Palma de Mallorca, y llevamos meses intentando cerrar la partición de la herencia, que incluye varios inmuebles y cuentas bancarias, pero uno de mis hermanos se niega sistemáticamente a firmar cualquier propuesta de reparto que le presentamos, sin dar realmente ninguna alternativa concreta ni razones claras, simplemente bloqueando el proceso. Me gustaría saber qué opciones legales tenemos los otros tres hermanos para poder avanzar y repartirnos finalmente la herencia a pesar de esta actitud obstruccionista.
Cuando existe un desacuerdo persistente entre coherederos que impide llegar a una partición amistosa de la herencia, el Código Civil y la Ley de Enjuiciamiento Civil ofrecen la vía de la división judicial de la herencia, regulada en los artículos 782 y siguientes de esta última, mediante la cual cualquiera de ustedes puede solicitar al juzgado que se proceda judicialmente a la formación de inventario, avalúo, liquidación y división de los bienes hereditarios, precisamente para superar el bloqueo que genera la falta de acuerdo de su hermano. En este procedimiento, el juzgado nombrará un contador partidor, normalmente designado de mutuo acuerdo entre los interesados o, en su defecto, por el propio juzgado, cuya función es realizar de forma técnica e imparcial el inventario de bienes, su valoración y una propuesta concreta de partición, respetando las cuotas legales que corresponden a cada heredero conforme al testamento o a las reglas de la sucesión intestada, y esta propuesta se someterá después a la aprobación de todos los herederos o, si persiste el desacuerdo, será finalmente el juez quien la apruebe tras resolver las objeciones planteadas. Es importante que sepa que, mientras dure este desacuerdo, cualquier heredero puede también solicitar medidas cautelares si existe riesgo de que alguno de los bienes se deteriore, se venda de forma irregular o genere gastos que deban repartirse mientras tanto, como el mantenimiento de un inmueble o el pago de impuestos, para evitar perjuicios mayores durante la tramitación del procedimiento judicial. Le recomiendo, antes de acudir directamente a la vía judicial, intentar una última mediación formal con la intervención de un profesional neutral que pueda explorar las verdaderas razones de la negativa de su hermano, ya que a veces detrás de un bloqueo aparentemente injustificado existen preocupaciones concretas, como desconfianza sobre la valoración de algún bien, que podrían resolverse con una tasación independiente antes de tener que iniciar un procedimiento judicial más largo y costoso para todos los hermanos.
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